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Permisos retribuidos: cómo se cuentan, qué se cobra y qué hacer si te los niegan

Los permisos retribuidos permiten faltar al trabajo cobrando, siempre que se avise antes y se justifique la causa. Se cuentan desde el primer día en que tendrías que trabajar, se pagan con todos los complementos de ese día y, si la causa ocurre estando de vacaciones o de baja, no se trasladan a después.

Actualizado el 14 de octubre de 2026 · Alejandro Aradas García · 8 min de lectura

Los permisos retribuidos te permiten faltar al trabajo cobrando el salario cuando ocurre alguna de las causas que fija la ley o tu convenio: una boda, la hospitalización o la muerte de un familiar, una mudanza, un deber público...

La regla es avisar antes y justificar la causa.

El permiso se cuenta desde el primer día en que tendrías que trabajar, se paga con los pluses que habrías cobrado ese día y, si la causa te pilla de vacaciones o de baja médica, no se traslada a después.

Si ocurre en un día libre, empieza el primer día laborable.

Qué permisos da el Estatuto

El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores es el mínimo para todas las personas trabajadoras. Tu convenio colectivo puede dar más días o más causas, pero nunca menos.

Cada permiso tiene su propia guía; aquí van de un vistazo:

Causa Duración legal
Matrimonio o registro de pareja de hecho 15 días naturales
Accidente o enfermedad graves, hospitalización u operación sin ingreso con reposo en casa del cónyuge, la pareja de hecho, parientes hasta segundo grado, el familiar consanguíneo de la pareja de hecho o una persona que conviva contigo y necesite tus cuidados 5 días, sin ampliación por desplazamiento
Fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o parientes hasta segundo grado 2 días, 4 si tienes que desplazarte
Traslado del domicilio habitual 1 día
Deber inexcusable de carácter público y personal (votar, ser jurado, una citación judicial) El tiempo indispensable
Funciones sindicales o de representación Lo que diga la ley o el convenio
Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites previos a la adopción o acogida El tiempo indispensable, si coinciden con tu jornada
No poder llegar al trabajo por una catástrofe, un temporal o restricciones de las autoridades Hasta 4 días, y más mientras dure
Actos previos a la donación de órganos o tejidos El tiempo indispensable, si coinciden con tu jornada

Junto a ellos, el artículo 37.9 permite ausentarse por fuerza mayor familiar (una enfermedad o un accidente urgente de un familiar o conviviente), con hasta el equivalente a cuatro días al año pagados aunque tu convenio no lo haya desarrollado (Supremo, abril de 2026).

Sirve para urgencias, no para citas médicas programadas (Supremo, marzo de 2026). Y el permiso de lactancia (una hora diaria hasta los nueve meses) tiene su propia regulación en el artículo 37.4.

En el de hospitalización, lo que cuenta es la necesidad de cuidar: si al familiar le dan el alta del hospital pero sigue de baja con reposo en casa, puedes completar los cinco días (Supremo, febrero de 2026).

El permiso retribuido de dos días por nacimiento de un hijo/a ya no existe: desde 2019 lo sustituye la suspensión por nacimiento de cada progenitor, que paga la Seguridad Social.

Cómo se cuentan los días

Desde el primer día laborable

Es la duda más frecuente.

El Tribunal Supremo lo tiene resuelto: el permiso existe para no ir a trabajar, no para descansar, así que empieza a contar el primer día en que tendrías que hacerlo (Supremo, junio de 2024) (Supremo, octubre de 2023).

Si tu madre ingresa en el hospital un sábado y tú no trabajas hasta el lunes, los cinco días empiezan el lunes. Si el hecho ocurre en un día de trabajo, ese día ya cuenta.

Hay permisos que por su naturaleza se disfrutan el mismo día: el deber inexcusable, los exámenes y las funciones de representación (Supremo, febrero de 2024).

Días laborables, salvo el matrimonio

Salvo el de matrimonio, la ley no dice si los días son naturales o laborables, y los tribunales entienden que son laborables: solo cuentan los días en que tendrías que trabajar.

El de matrimonio son quince días naturales que incluyen el día de la boda, salvo que la celebres en un día que no trabajas: entonces empiezan el primer día laborable siguiente (Supremo, marzo de 2020) (Supremo, marzo de 2020) (Supremo, junio de 2024).

Un convenio no puede contar en días naturales los permisos de la ley si con eso da menos días que el Estatuto: esa cláusula es nula (Supremo, noviembre de 2025).

Pero ojo con el otro lado: si tu convenio mejora los permisos y fija su propia regla, se aplica su texto, aunque haga empezar el permiso el mismo día del hecho (Supremo, diciembre de 2022).

Por eso, si tu convenio da más días que la ley, léelo con cuidado.

Qué se cobra durante el permiso

Durante el permiso tienes que cobrar lo mismo que si hubieras trabajado ese día: salario base y complementos.

Si ese día te tocaba trabajar de noche, en domingo o en festivo, la empresa tiene que pagarte esos pluses (Supremo, junio de 2021) (Audiencia Nacional, marzo de 2022).

En un caso, el Supremo añadió que quitar los pluses en el permiso por enfermedad u hospitalización de un familiar perjudica sobre todo a las mujeres, que son quienes más lo usan, y es discriminación indirecta (Supremo, junio de 2021).

Si la prima o el plus de asistencia es salario por acudir al trabajo, tampoco te lo pueden quitar por usar un permiso que la ley define como retribuido, aunque la cláusula de la empresa diga que cuenta «cualquier ausencia» (Supremo, mayo de 2026).

Distinto es un premio aparte por no faltar, que no es el salario de cada día (por ejemplo, unos días de descanso extra por continuidad): ahí el convenio puede hacer que cuenten como ausencia los permisos que no tienen que ver con el cuidado, como la boda, la mudanza o el fallecimiento.

Lo que nunca puede restar son los permisos para cuidar de familiares ni las bajas, porque eso discrimina; y vale también para los incentivos de productividad (Supremo, enero de 2026).

Los límites, para que no te lleves sorpresas:

  • La prima de asistencia no se cobra durante una baja médica, que es otra situación (Supremo, mayo de 2026).
  • En los días de libre disposición que da el convenio (no en los permisos de la ley), un plus que el convenio liga expresamente a la prestación efectiva de servicios puede no cobrarse (Supremo, junio de 2026).

Si la causa coincide con vacaciones, días libres o una baja

El permiso solo nace si la necesidad surge cuando tienes que trabajar.

Por eso, si el familiar ingresa o fallece mientras estás de vacaciones, el Supremo dice que no puedes pedir el permiso ni aplazarlo a la vuelta (Supremo, octubre de 2022).

Y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dicho que las normas europeas de tiempo de trabajo no obligan a dar los permisos en días en que no hay que trabajar: es una materia que decide cada país (Tribunal de Justicia de la UE, junio de 2020).

Si tu convenio dice algo más favorable, se aplica.

Distinto es que la empresa haga coincidir el permiso con tus libranzas para que no te cueste nada. Quien trabaja a turnos no puede ver descontados de su permiso los días de descanso que ya tenía asignados (Supremo, marzo de 2024).

Si estás de baja médica cuando ocurre la causa, no tienes obligación de trabajar, así que con la misma lógica el permiso no llega a nacer.

No hemos encontrado una sentencia del Supremo que lo diga expresamente: si te ocurre, revisa tu convenio y pregunta a la representación de la plantilla.

Avisar y justificar

La ley exige aviso previo y justificación, sin fijar plazos. Avisa en cuanto conozcas la causa y, si es una urgencia, en cuanto puedas; la justificación puede llegar a la vuelta.

La empresa puede pedirte que acredites la causa, pero solo con lo necesario.

Por ejemplo, para los cinco días por enfermedad u hospitalización de tu cónyuge, pareja o un pariente hasta segundo grado, basta con acreditar el parentesco y el ingreso o la enfermedad: no puede exigirte que convivas con esa persona ni que seas quien la cuida.

Eso solo se pide cuando el permiso es por otra persona que vive contigo sin ser familiar (Supremo, abril de 2026).

Y es razonable que la empresa pida una justificación genérica a todo el mundo; lo que no puede es usarla de forma selectiva o sorpresiva (Supremo, junio de 2024).

Ten en cuenta tu intimidad: un justificante del hospital o del médico que diga que hubo ingreso o reposo suele bastar, sin diagnósticos.

¿Cuenta como tiempo trabajado? ¿Hay que recuperarlo?

Los permisos del Estatuto no se recuperan: son ausencias pagadas y cuentan como si hubieras trabajado para tu jornada.

Con los días de asuntos propios o de libre disposición que dan muchos convenios, depende de cómo estén redactados.

El Supremo entendió que en un convenio de ambulancias no contaban como trabajo efectivo para la jornada anual (Supremo, junio de 2017); en cambio, en otro convenio que los regulaba como retribuidos sin decir nada de recuperarlos, mientras sí lo decía de las licencias sin sueldo, sí contaban y no había que devolver las horas (Supremo, julio de 2025).

Los días de asuntos propios tienen su propia guía.

Lo que puede hacer tu convenio

El convenio puede añadir permisos (para acompañar al médico, para tíos/as o primos/as, más días por desplazamiento) y mejorar los legales. Lo que no puede es dar menos que la ley (Supremo, noviembre de 2025).

Y una mejora pactada sobre un permiso legal que luego desaparece puede caer con él: así ocurrió con los días extra que algunos convenios daban por nacimiento cuando la ley suprimió ese permiso en 2019 (Supremo, abril de 2022).

Por eso, en cada permiso, compara siempre lo que dice el Estatuto con lo que dice tu convenio y quédate con lo que más te dé.

Si la empresa te niega el permiso

Aquí hay que tener mucho cuidado. Aunque estés convencido/a de que tienes derecho, si la empresa te niega el permiso y faltas igualmente, te expones a un despido disciplinario.

El Supremo dejó firme el despido procedente de una trabajadora que faltó tras una negativa expresa: lo que procedía era seguir trabajando y reclamar en el juzgado, pidiendo medidas urgentes si el caso no podía esperar (Supremo, mayo de 2025).

Hay otros casos en que el despido por ausencias amparadas en un permiso que la empresa no reconocía se mantuvo en los tribunales (Superior de Murcia, julio de 2022).

Antes de nada:

  1. Pide el permiso por escrito, con la causa, los días y la documentación que vas a aportar.
  2. Si te lo niegan, pide que te lo digan por escrito y cuéntaselo a la representación de la plantilla.
  3. Sigue yendo a trabajar y reclama: escrito a la empresa, papeleta de conciliación y demanda. Si es urgente (un familiar grave, una boda con fecha), el juzgado puede adoptar medidas cautelares.
  4. Si la negativa te ha causado perjuicios que puedas probar (billetes perdidos, gastos), puedes reclamarlos junto con el derecho.

Lo que la empresa no puede hacer es castigarte por pedir un permiso. Despedir a una trabajadora como reacción a su petición del permiso por matrimonio se declaró nulo por discriminación y represalia (Supremo, febrero de 2022).

Lo esencial

  • Avisa antes y justifica después, con lo justo.
  • Se cuenta desde el primer día laborable y, salvo el matrimonio, en días laborables.
  • Se cobra como un día trabajado, con sus pluses y, si es salario por asistencia, la prima de asistencia.
  • Si la causa ocurre en vacaciones o durante una baja, el permiso no se traslada, salvo que tu convenio diga otra cosa; si ocurre en un día libre, empieza el primer día laborable.
  • Si te lo niegan, no faltes: reclama.

Preguntas frecuentes

Si mi padre ingresa en el hospital el sábado y yo no trabajo hasta el lunes, ¿desde cuándo cuento los cinco días?

Desde el lunes, primer día en que tendrías que trabajar. El permiso existe para no ir a trabajar, así que no se gasta en días libres.

¿Pierdo el permiso si el familiar fallece mientras estoy de vacaciones?

Según el Tribunal Supremo, sí: el permiso solo nace si la necesidad surge cuando hay que trabajar, y no se puede aplazar a después de las vacaciones. Mira tu convenio, porque puede mejorarlo.

¿Me pueden quitar el plus de nocturnidad o de festivos por estar de permiso?

No, si ese día te tocaba trabajar de noche o en festivo: durante el permiso se cobra lo que habrías cobrado trabajando, con esos pluses incluidos.

¿Tengo que recuperar las horas de un permiso retribuido?

No en los permisos del Estatuto. En los días de asuntos propios o de libre disposición del convenio depende de cómo los regule: unos cuentan como trabajo efectivo y otros no.

¿Puedo coger el permiso aunque la empresa me diga que no?

Es arriesgado: el Supremo ha confirmado despidos por faltar tras una negativa expresa. Lo prudente es pedirlo por escrito, seguir trabajando y reclamar, pidiendo medidas urgentes al juzgado si el caso no puede esperar.

¿Hay permiso retribuido por el nacimiento de un hijo?

Ya no como permiso de dos días: desde 2019 lo sustituye la suspensión por nacimiento de cada progenitor, con prestación de la Seguridad Social, que tiene su propia guía.

Más guías: Permisos retribuidos

Ver toda la guía de Vacaciones y permisos retribuidos →

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61 comentarios

  1. Eduardo

    Hola. ¿Cuánto tiempo puede pasar desde que se realiza un cambio de domicilio hasta que se solicita el permiso por traslado de domicilio?

    Responder
    1. AlejandroAutor

      No existe ningún plazo, el permiso retribuido está pensado para una mudanza cuando se realiza el cambio de domicilio, y así debería solicitarse en dicho momento.

      Responder
  2. Kabara

    Buenas noches, me gustaría consultar, mi madre se puso mala, y la llevé de urgencias, dentro de este servicio hay muchas unidades, observación, cuidados medios, cuidados críticos, etc. Y otro sector es hospitalització que es cuando el paciente ya tiene habitación designada.

    Muchas veces en el servicio de Urgencias están días para ser tratados, a veces esperar una habitación tarda más a què el paciente se cure por el colapso, pero el paciente es tratado igualmente. Esto pasó con mi madre, servicio de urgencia tres días en cuidados medios y observación para tratar su dolencia. Mi justificante sale titulado: Justificante de urgencias. Evidentemente de los 3 días y casi cuatro que ha estado e el hospital, me pido mis tres días, y cuando justifico me dicen que como no dice » justificante de ingreso» y lo que entrego es justificante de urgencias, no es válido. Me gustaría aclaración.

    Responder
    1. AlejandroAutor

      En mi opinión, si la persona permanece ingresada varios días en el hospital, aunque no tenga una habitación asignada debería considerarse como hospitalización.

      Responder
    2. Anónimo

      Pide algún informe en el que ponga que ha estado ingresada en Urgencias porque en Urgencias hay camas para ello, lo que pasa que aveces los justificantes no lo explican y estamos en el limbo.

      Responder
  3. mariela

    Buenas tardes, me corresponden días para llevar al medico,por ejemplo, a un niño saharauis que tengo en acogida durante el verano?

    Responder
    1. AlejandroAutor

      No, salvo que el convenio recoja ese derecho.

      Responder
  4. Antonio

    Estoy de vacaciones y mi hermano ha sido operado y dado de alta con cuidados domiciliarios.

    Me pertenecen los 5 días?

    Responder
    1. AlejandroAutor

      Tengo mis dudas, pero me inclinaría por pensar que no se tiene derecho al permiso retribuido.

      Responder
  5. Rome

    Hola!

    Hace 28 dias q pedi un permiso de disfrute de horas a mi empresa y hoy me lo han denegado (a los 28 dias).

    Hsy algun plazo legal de respuesta?

    Me ha parecido demasiado.

    Gracias!

    Responder
    1. AlejandroAutor

      No, no existe ningún plazo legal para que contesten.

      Responder
  6. Beatriz

    Buenas tardes:

    ¿Existe límite en el número de días que el trabajador puede coger en el año como licencias retribuidas?

    Ejemplo: Si en el año hay cuatro ingresos con hospitalización en momentos diferentes de cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta segundo grado ¿Daría derecho a 20 días de licencias retribuidas? o si por ejemplo sumando los distintos motivos que generan el derecho: hospitalización, mudanza, exámenes, etc…¿no existe límite en el año?

    Muchas gracias

    Responder
    1. AlejandroAutor

      No, no existe límite.

      Responder
  7. Cesar

    En el permiso por hospitalización o operación de 5 días si al segundo día le dan el alta al pariente que ha sido ingresado, la empresa te puede exigir que vuelvas al trabajo y que no tengas derecho a los 5 días?

    Responder
    1. AlejandroAutor

      Entiendo la interpretación que realiza la empresa, y aunque es discutible ya que el estatuto no indica nada, existe base para exigir que se acredite que se mantiene el hecho causante que justifica los cinco días.

      Responder
  8. Nazaret

    Tengo una duda porque no lo veo especificado en el BOE, el permiso por intervención de familiar son 5 días, pero hábiles? O naturales?

    Responder
    1. AlejandroAutor

      La jurisprudencia considera días hábiles, al no existir indicación expresa de que son naturales.

      Responder
    2. Rafael

      Tengu una pregunta puede coincidir el permiso de paternidad con algún día de permiso por matrimonio.? Gracias

      Responder
      1. AlejandroAutor

        En ese caso, en mi opinión, se perderían los días de permiso de matrimonio.

        Responder
  9. Mateo

    Operan a la mujer de un compañero y está un día en el hospital. Luego le mandan reposo domiciliario ya que tiene pierna escayolada. El trabajador solicita los 5 días para cuidados una vez estando en casa y se los deniegan por no pedirlos antes de la intervención. Tiene razón la empresa o le corresponden igualmente?? Tiene informe médico diciendo que su mujer no se vale por si misma.

    Gracias

    Responder
    1. AlejandroAutor

      Entiendo que el hecho causante existe en el momento que se solicita, por lo que se tiene derecho.

      Responder
  10. Ana

    Buenas tardes.

    Tengo una duda, me voy a someter s una intervención de estética que precisa reposo, ¿mi marido tiene derecho al permiso retribuido de 5 días?

    Responder
    1. AlejandroAutor

      Es discutible, es una operación que no genera derecho a una baja por incapacidad temporal, por lo tanto, entiendo razonable que tampoco se genera el derecho al permiso, aunque es cierto que el ET no excluye ni diferencia por tipo de operación.

      Responder
  11. Alberto

    Trabajo solo dos días a la semana. Si el permiso es de 5 días ¿Me corresponden entonces 2 semanas y media de permiso, aunque la hospitalización haya finalizado?

    Responder
    1. AlejandroAutor

      Aunque la normativa no lo aclara, en mi opinión, no.

      Responder
  12. Andres

    ¿ Hola, en los permisos retribuidos que complementos salariales le corresponden al trabajadores?

    Responder
    1. AlejandroAutor

      En principio, todos.

      Responder
  13. Pedro

    Hola tengo una duda ya que en mi empresa en caso de hospitalizacion u operación nos dan permiso solo hasta el alta hospitalaria con un máximo de 5 días laborales, mi duda es si el alta hospitalaria es antes de esos 5 días si en el informe médico indica reposo domiciliario si se podría extender hasta los 5 días (por ejemplo operan un familiar y está 3 días ingresado si en el informe indica reposo domiciliario podría estar 2 dias más de permiso hasta completar los 5 dias). Es que en el BOE la norma queda un poco de manera ambigua sin concretar si el reposo domiciliario es sólo en caso de No hospitalicion. Espero haberme explicado bien. Gracias y un saludo.

    Responder
    1. AlejandroAutor

      Podría entenderse que si ha existido intervención quirúrgica y posteriormente reposo, se mantiene la causa para el permiso.

      Responder
  14. Eva

    Mi marido trabaja con un cuadrante en incluye sábados y domingos. Intervienen a su padre con hospitalización y mi pregunta es si los días laborales para cogerse el permiso son de lunes a viernes o los que te toca trabajar, porque él trabaja 7 días seguidos y libra 3 o 4.

    Responder
    1. AlejandroAutor

      Son los días que le corresponde trabajar.

      Responder
  15. Francisca

    Buenos dias, si trabajo a turnos rotativos de seis dias y dos de descanso. Los festivos trabajados nos los pagan, queria saber si en el calculo anual de las horas trabajadas hay que contar estos festivos que hemos trabajado.

    Gracias

    Responder
    1. AlejandroAutor

      Depende de si los pagan como un plus dentro de la jornada o como horas extraordinarias, ya que en este segundo caso no entraría.

      Responder
  16. Jessica

    Hola, Alejandro!. Una pregunta, puede coincidir el día de mudanza con días festivos, siendo en sábado el día que necesito que es laboral para mi, media jornada ese dia?

    Responder
    1. AlejandroAutor

      El sábado no es festivo, pero sí, puede coincidir en un día que es laborable para ti y solicitar ese día como permiso retribuido.

      Responder
  17. Diego

    Buenas tardes

    Si se ha disfrutado de permiso un lunes. Se computa como descanso intersemanal o no?!

    Responder
    1. AlejandroAutor

      Si se disfruta un permiso retribuido un lunes, entiendo que es día de trabajo efectivo para la persona trabajadora por lo que no debe computar como día de descanso.

      Responder
  18. Eli

    Mi pareja y yo hemos constituido pareja de hecho, pero hemos decido que aún no iremos de luna de miel sino dentro de 3 meses, pues mi pareja en este momento tiene responsabilidades importantes en su trabajo. Hay algún plazo para solicitar los 15 días de descanso remunerado después de constituir la pareja de hecho?

    Responder
    1. AlejandroAutor

      En mi opinión, tiene que ser inmediatamente después del hecho causante. Desconozco si existe alguna sentencia que haya permitido disfrutarla posteriormente.

      Responder
  19. Sandra

    Buenas, en mi trabajo tuve que coger 3 días por la hospitalización de mi abuelo. Ahora la empresa aunque me los paga no me los cuenta como horas trabajadas. Yo ese mes eché horas de mas que se me deben pero quitando esos 3 días de sus cálculos de días trabajados resulta que me deben muchas menos. ¿es eso correcto? En el convenio no especifica nada sobre si los días de permiso son días de trabajo efectivo o no

    Responder
    1. AlejandroAutor

      No, en mi opinión no es correcto. Son días de trabajo efectivo a todos los efectos.

      Responder
  20. María

    Hola Alejandro,

    Ayer acudí a consulta con mi hijo, y sé que esas horas son recuperables, pero estando en consulta sufrió un sincope con pérdida de conciencia y nos derivaron a urgencias, por lo que no pude acudir a mi trabajo, y me gustaría saber si esas horas, que serían 5, o se considera una causa de fuerza mayor y las puedo descontar de los 4 días de permiso retribuido.

    Gracias.

    Un saludo.

    Responder
    1. AlejandroAutor

      En mi opinión, sí. Es una causa de fuerza mayor que debería entrar dentro del permiso.

      Responder
  21. ANA

    Buenas tardes,

    Me surge una duda respecto al permiso por matrimonio, un trabajador se contrajo matrimonio hace 5 días, este trabajador ha seguido yendo a trabajar y en ningún momento ha comentado nada al respecto.

    Pasados unos días, solicita el permiso por matrimonio, ha perdido el derecho a este permiso? como puede proceder la empresa?

    Gracias

    Responder
    1. AlejandroAutor

      En el peor de los casos, entiendo que más que perderlo entero, perdería los días que transcurren desde el día siguiente laboral desde la fecha del matrimonio hasta que lo solicita.

      Responder
  22. Claudia

    Hola buenos días, operan a mi suegro el la semana que viene, yo trabajo en una panadería que abre todos los días del año, pero tengo un horario fijo que libro siempre viernes y sábado y empiezo el domingo a trabajar. Si me cojo los días de permiso se considerarían viernes y sábado no laborables en mi caso? O me los contarian como días de permiso?

    Responder
    1. AlejandroAutor

      Si tu no trabajas, no se entienden como días laborables.

      Responder
    2. Xavi

      Hola Alejandro, una pregunta.

      El permiso retribuido cuanta como tiempo efectivo de trabajo, pero en el caso que mi jornada anual fuera de 1712h sale a 7h 37minutos diarios, al trabajar siempre 8h generamos 23 minutos de más diarios los cuales nos son devueltos con días libres.

      La pregunta es, el permiso retribuido a efectos de cómputo anual de jornada me va a contar mi jornada habitual 8h generando los 23 minutos de exceso o las 7h 37minutos y no genero exceso de jornada?

      Responder
      1. AlejandroAutor

        Aunque tu jornada anual sea X, no implica los cálculos que realizas de tu jornada diaria. Es decir, podría trabajar cuatro días a la semana 8 horas, y el quinto día las horas restantes para hacer una jornada semanal igual a que si trabajaras 7 horas 37 minutos con los cálculo que haces. Dicho lo cual, si disfrutas un permiso retribuido un día, cuenta como si trabajaras las hora que te correspondían trabajar esa hora.

        Responder
  23. José Antonio

    Buenos días, me surje una duda con este tema.

    Intervienen a mi madre quirúrgicamente en breves, así que tendré los 5 días de permiso. Mi jornada laboral es rotacional, por lo que trabajo 6 días y descanso 3. Te pongo como ejemplo:

    Supongamos que empiezo a disfrutar del permiso un lunes y mi jornada de descanso es martes, miércoles y jueves. Entiendo esos días no cuentan y se reanudaría el permiso el viernes, siguiendo de sábado y domingo. ¿Es correcto? Muchas gracias.

    Responder
    1. AlejandroAutor

      En mi opinión, sí, siempre que se mantenga el hecho causante.

      Responder
  24. Raúl

    Hola, quería saber cuándo cobre esos días libres.

    La empresa me los pagará.

    Pero a la empresa se lo devuelve la s.s.

    Responder
    1. AlejandroAutor

      Los paga la empresa en la nómina normal.

      Responder
  25. Irene

    Hola, ¿Los permisos retribuidos de 5 días por hospitalización de familiar de la empleada de hogar los asume íntegramente la empleadora? ¿La Seguridad Social no paga nada? Gracias

    Responder
    1. AlejandroAutor

      Los asume íntegramente el empleador.

      Responder
  26. Ana

    Hola,

    ¿Un trabajador/a puede solicitar permiso retribuido por hospitalización porque su hermana o su cuñada han dado a luz? ¿Cómo lo deben justificar?

    Muchas gracias

    Ana

    Responder
    1. AlejandroAutor

      Sí, normalmente el centro médico emite un certificado para acreditar el derecho.

      Responder
  27. Anónimo

    Hola! En mi caso han operado a mi hermana y esta muy grave durante varios días en reanimación y recuperación lenta en el hospital, yo en estas fechas no me puedo coger el permiso de 5 días porque por motivo de las vacaciones me quedo sola en mi sección durante la primera semana de ingreso. Las tres siguientes semanas yo cojo vacaciones. Al no disfrutar de mis 5 días porque las circunstancias de la empresa me lo impiden, me tienen que pagar esos días como horas extras? Porque al coger vacaciones no necesito los dias despues.

    Responder
    1. AlejandroAutor

      No, no son horas extras. Lo cierto es que tienes derecho y no existe causa por la cual la empresa lo puede denegar.

      Responder
  28. Andrea

    Buenas tardes, no es una duda de permiso pero si de descanso. Si un trabajador empieza a trabajar en hostelería un martes, le corresponden igualmente 2 días de descanso que estipula el convenio? Y si entrara un jueves igual? En la empresa trabajan de lunes a domingos y rotan los días de libranza

    Gracias

    Responder
    1. AlejandroAutor

      No, sólo la parte proporcional generada.

      Responder

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Normas y preceptos aplicables. Despliega cada uno para leer su texto.

  • Artículos 37.3 y 37.4 y 37.9Estatuto de los TrabajadoresLista de permisos retribuidos y su duración, con la condición de avisar antes y justificar la causa. Ausencia por fuerza mayor familiar, retribuida hasta el equivalente a cuatro días al año. Permiso para el cuidado del lactante: una hora diaria hasta los nueve meses, sustituible por media hora de reducción o acumulable en días completos.Cambio reciente: Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (letras a, b y b bis, desde el 30-06-2023); Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre (letra g, catástrofes, desde el 30-11-2024); Ley 6/2024, de 20 de diciembre (segunda letra g, donación de órganos, desde el 3-03-2025). La Ley 4/2026, de 1 de octubre, cambia el apartado 6 desde el 23-10-2026, pero no el 3. Añadido por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, desde el 30-06-2023. Real Decreto-ley 5/2023 y Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo.
    Texto de los apartados citadosTexto consolidado vigente desde el 3 de marzo de 2025

    3. La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

    a) Quince días naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho.

    b) Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.

    b bis) Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días.

    c) Un día por traslado del domicilio habitual.

    d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.

    Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del veinte por ciento de las horas laborables en un periodo de tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia regulada en el artículo 46.1.

    En el supuesto de que el trabajador, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

    e) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.

    f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.

    g) Hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso. Transcurridos los cuatro días, el permiso se prolongará hasta que desaparezcan las circunstancias que lo justificaron, sin perjuicio de la posibilidad de la empresa de aplicar una suspensión del contrato de trabajo o una reducción de jornada derivada de fuerza mayor en los términos previstos en el artículo 47.6.

    Cuando la naturaleza de la prestación laboral sea compatible con el trabajo a distancia y el estado de las redes de comunicación permita su desarrollo, la empresa podrá establecerlo, observando el resto de las obligaciones formales y materiales recogidas en la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, y, en particular, el suministro de medios, equipos y herramientas adecuados.

    g) [sic] Por el tiempo indispensable para la realización de los actos preparatorios de la donación de órganos o tejidos siempre que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.

    4. En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, de acuerdo con el artículo 45.1.d), las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples.

    Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas.

    La reducción de jornada contemplada en este apartado constituye un derecho individual de las personas trabajadoras sin que pueda transferirse su ejercicio a la otra persona progenitora, adoptante, guardadora o acogedora. No obstante, si dos personas trabajadoras de la misma empresa ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, podrá limitarse su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, debidamente motivadas por escrito, debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación.

    Cuando ambas personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses, con reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los nueve meses.

    9. La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

    Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al año, conforme a lo establecido en convenio colectivo o, en su defecto, en acuerdo entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras aportando las personas trabajadoras, en su caso, acreditación del motivo de ausencia.

    Ver el artículo 37 completo

Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.

Lo que han dicho los tribunales sobre cada una de las cuestiones de este artículo.

¿Desde qué día se cuenta el permiso y son días naturales o laborables?

¿Qué salario se cobra durante el permiso: entran los pluses y la prima de asistencia?