Cómo se calcula la indemnización
La indemnización depende de dos datos: el tiempo trabajado y el salario. Cada forma de terminar el contrato tiene sus días de salario por año y su máximo.
La antigüedad se cuenta desde el primer contrato, aunque fuera temporal o con una empresa de trabajo temporal, y por meses: un mes empezado cuenta como entero. Si empezaste el 2 de enero y te despiden el 2 de febrero, son dos meses.
El salario diario es el salario bruto anual, con las pagas extra, dividido entre 365. Solo cuentan los conceptos salariales: no las dietas, el plus de transporte ni otros gastos que la empresa compensa.
Días por año y máximos
- Despido improcedente: 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades.
- Despido objetivo o colectivo: 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades.
- Extinción por incumplimiento grave de la empresa (impago de salarios, acoso): lo mismo que el despido improcedente.
- Extinción por una modificación sustancial de condiciones: 20 días por año, con un máximo de 9 mensualidades.
- Extinción por un traslado: 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades.
- Fin de contrato temporal: 12 días por año, contando solo el último contrato. Los contratos firmados antes de 2015 tienen menos días: 8, 9, 10 u 11, según el año.
Si empezaste a trabajar antes del 12 de febrero de 2012
La indemnización por despido improcedente se calcula en dos tramos: 45 días por año hasta el 11 de febrero de 2012 y 33 días por año desde el 12 de febrero de 2012.
El máximo es de 24 mensualidades. Pero si lo generado hasta 2012 ya las supera, se cobra lo generado hasta entonces, con un máximo de 42 mensualidades, y desde 2012 no se genera más.